Compañeros, los invitamos a ver en estos ENLACES las circulares de Beneficios para Afiliados que:
Recuerden que se toman en temporada baja (excepto Luna de miel) y dentro del año de haberse producido el acontecimiento.
En el caso de la Luna de Miel se debe tomar dentro de los 7 dìas de haberse casado. Si ámbos conyugues son afiliados, el beneficio es para los dos. Lo mismo que el subsidio que se les asigna.
Para gestionarlo deben traer la documentaciòn probatoria.
En todos los casos es para el afiliado y un acompañante y se gestiona como cualquier turismo en la seccional.
No dejen de consultarnos ante cualquier duda
Viviana Buscaglia
Sec. de Promoción Social
SUTEBA Seccional Quilmes
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