- Año tras año se repite el número de niños “excedentes” que no pueden acceder a los jardines estatales.
- Jóvenes y adolescentes, que son madres, padres o hermanos a cargo de niños pequeños tienen en riesgo la posibilidad de completar su trayectoria escolar.
- Es necesario realizar desde ahora la previsión y toma de decisiones administrativas, técnicas y presupuestarias para dar respuestas a estas situaciones.
- La Ley de Educación Provincial Nº13688 contempla la educación de los niños desde los 1ros. años de vida y extiende la obligatoriedad escolar hasta la finalización del Nivel Secundario.
- crear salas maternales (45 días a dos años) en los jardines cercanos a las escuelas secundarias.
- preveer nuevos jardines en aquellas zonas donde no los haya, tanto para atender a la situación antes descripta de maternidad adolescente como para garantizar la oferta educativa que requiere la universalización en Inicial.
- concretar las creaciones de jardines ya demandados por diferentes comunidades.
Dejamos sentado nuestro rechazo a la creación de cualquier tipo de anexo exigiendo que los proyectos que se concreten para atender a las necesidades enunciadas respeten la unidad institucional, edilicia y pedagógica del Nivel Inicial.
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