martes, 31 de julio de 2012

¿Cómo se resuelve la superposición de Dictado de Clases con Citación a Mesas Examinadoras?

Cras./os.: 
Ante las consultas reiteradas por citación a mesas de examen que se superponen con el dictado de clases reiteramos que el artículo 125 inciso 5 establece la prioridad de la participación en la mesa sobre la clase. 
Textualmente:  "Los responsables de los servicios educativos procurarán evitar que las reuniones de personal, la integración de mesas examinadoras y los actos escolares, interfieran las actividades de aquellos docentes que se encuentren a cargo directo de alumnos.  Cuando no haya posibilidad alguna de encontrar una solución acorde con lo expresado anteriormente o exista citación de autoridad competente, se observará el siguiente orden de prelación que tendrá validez para docente con desempeño en o más ramas de la enseñanza:
  • 5.1. Citación de autoridad competente.
  • 5.2. Integración de mesas examinadoras.
  • 5.3. Dictado de clases. 
  • 5.4. Asistencia a actos escolares. 
  • 5.5. Asistencia a reuniones de personal. 
Marcela Suárez

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